Reformas a leyes que rigen el sector público aprobadas en segundo debate

Quito.- El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, con 81 votos afirmativos, 17 negativos y 13 abstenciones, el Proyecto de Reformas a las Leyes que Rigen el Sector Público, que son producto de las enmiendas a la Constitución, con relación a la legislación laboral. La norma precautela el derecho a la organización y a la huelga de los servidores públicos. El documento será remitido en las próximas horas al Ejecutivo para su sanción u objeción.

Según los cambios aprobados, las personas que a la presente fecha hayan prestado ininterrumpidamente por cuatro años o más sus servicios lícitos y personales en la misma institución, ya sea por contrato ocasional o nombramiento provisional o bajo cualquier otra forma permitida por esta ley y que en la actualidad continúen prestando sus servicios en dicha institución, serán declarados ganadores de dicho concurso público de méritos y oposición si obtuvieren al menos el puntaje requerido para aprobar las pruebas establecidas por el Ministerio de Trabajo.

Establece que la negociación y contratación colectiva en el sector público, se aplicará únicamente respecto de quienes con anterioridad a la fecha de la publicación de las enmiendas constitucionales tenían la calidad de trabajadores en el sector público, siempre y cuando no hubieren cambiando con posterioridad su régimen, dijo la presidenta de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, Marllely Vásconez, al explicar las observaciones recogidas. Explicó que con la propuesta, la Directiva del Comité de los Servidores Públicos, será elegida solo por quienes integran esta organización.

En el debate, Bairon Valle, dijo que el derecho al descanso y capacitación debe ser por igual para todos los servidores públicos y que la negociación colectiva en el sector público respete los derechos adquiridos en anteriores contratos.

Expresó que la enmienda al artículo 229 de la Constitución, determina que no existirá diferencia entre los trabajadores del sector público y reconoce los derechos de los trabajadores, obreros y funcionarios, porque todos con su esfuerzo contribuyen a la aplicación de las políticas públicas, atención de los ciudadanos y construcción del futuro de equidad.

Luis Fernando Torres, manifestó que el alcance de la Reformas debería orientarse a regular temas referentes a la subsistencia del régimen anterior, en virtud de los nuevos derechos, al tiempo que pidió que se cuide el principio de no regresión de los derechos laborales. Sostuvo que del artículo 229 de la Constitución desapareció la regulación sobre los trabajadores sujetos al Código de Trabajo dentro del sector público.

Diego Vintimilla, planteó que en la elección de la directiva de los comités de servidores públicos, participen solo sus miembros y que la declaratoria de la huelga sea tomada por quienes pertenecen al Comité, sugerencia que fue compartida por el legislador Mauro Andino

María José Carrión, se refirió a la estabilidad que se debe garantizar a los servidores públicos que tienen más de cuatro años de servicio en la misma institución y que demostraron eficiencia y capacidad.

En el segundo debate participaron 14 asambleístas en dos jornadas de trabajo, en las que se analizó el derecho a la huelga; las condiciones en que se tiene que resolver ésta en el sector público, la estabilidad de los servidores públicos que tienen cuatro o más años en una misma institución y que tendrán que someterse al concurso de méritos y oposición, siempre y cuando exista la partida correspondiente y se demuestre el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley.

Para el análisis de esta normativa, la Comisión de los Derechos de los Trabajadores recibió a las organizaciones sociales, sindicales y otras como el Parlamento Laboral, CUT y Ministerio de Trabajo.

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