¡No a la Supercom!

Los periodistas y editores de medios de comunicación, académicos, políticos y miembros de organizaciones de la sociedad civil que conformamos el Grupo Democrático por las Reformas a la Ley Orgánica de Comunicación, LOC, expresamos la necesidad de realizar de manera urgente dicha reforma con el fin de eliminar la Superintendencia de la Información y Comunicación, SUPERCOM, en razón de que se violan los derechos de comunicación, libertad de pensamiento y opinión consagrados en la Constitución de la República y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

La Asamblea Nacional, aprobó la Ley Orgánica de Comunicación, el 14 de junio del 2013, por tanto, exigimos: derogar los artículos desde el 55 hasta el 59 que contienen las disposiciones relativas a la Superintendencia de la Información y Comunicación, SUPERCOM.

La Constitución muy bien señala que, la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.

Además, de que la Constitución prevalece sobre cualquier otra norma legal y, no tendrán valor si, de algún modo, estuvieren en contradicción con ella o alteraren sus prescripciones.

Los derechos garantizados a los particulares en la Constitución, se resumen en el concepto de igualdad ante la ley y de libertad. Tales principios aplicados al derecho judicial, constituyen la base del procedimiento civil; la igualdad jurídica da lugar a la igualdad de trato y a la seguridad jurídica, fundamental en un estado de derecho.

Es necesario que, para garantizar la seguridad jurídica, la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos y el debido proceso, que habla claramente la Constitución de la República, se deben derogar los artículos señalados, en razón que, un mismo órgano administrativo, hace las veces de juez y parte, dentro de los procesos administrativos, que se iniciaban en contra de los medios de comunicación privados.

Lo cual infringe los artículos 75, 76, numeral 7, letra k, y, 82 de la Constitución Política, que muy bien prescribe: La persona tiene que ser juzgado por un juez independiente, imparcial y competente, que le proteja efectiva e imparcialmente, lo cual lleva a que tenga seguridad jurídica, en virtud que se respetan los preceptos constitucionales y legales.

La Superintendencia de la Información y Comunicación, SUPERCOM, inició procesos administrativos, en contra de varios medios de comunicación, aplicando de forma arbitraria y prepotente una Ley contraria a la Constitución; expedientes administrativos inconstitucionales e ilegales, que en su mayoría sirvieron para sancionar a numerosos medios de comunicación independientes que no se sometían a los caprichos y exigencias del gobierno de turno.

Como resultado de la señalada persecución se cerraron algunos medios de prensa escritos, dejando sin trabajo, a cientos de valiosos ecuatorianos, entre ellos periodistas de gran valía intelectual y moral.

Rechazamos la persecución efectuada por la Superintendencia de Comunicación, en contra de los medios de comunicación.

Es necesario recalcar que la SUPERCOM infringió varios artículos de: La Constitución; la Ley Orgánica de Comunicación; Tratados Internacionales; la Convención Interamericana de Derechos Humanos y, la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Por las razones expuestas, solicitamos al señor Presidente de las República, Lenin Moreno Garcés, que en vista de ser necesaria la supresión de dicha entidad pública, no envíe la terna para Superintendente de Información y Comunicación al Consejo de Participación Ciudadana Transitorio y recomiende la eliminación de este organismo que tanto daño ha hecho al país.ar en la construcción de sociedades democráticas y deliberativas.

Related Posts

WP Twitter Auto Publish Powered By : XYZScripts.com