Diario La Hora debe publicar rectificación pedida por Alcalde de Loja

Quito.- La Superintendencia de la Información y Comunicación (SUPERCOM), de conformidad con las atribuciones contempladas en el artículo 56 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), determinó que diario “La Hora” inobservó el artículo 23 de este cuerpo legal, que hace referencia al derecho de todas las personas a que se rectifique la información que se haya difundido sobre ellas, sus familiares o sobre los asuntos a su cargo, cuando existan deficiencias en la verificación, contrastación y precisión de la misma. Se llegó a esta resolución luego de una denuncia presentada en contra del diario, por parte de Bolívar Castillo, Alcalde de Loja.

La resolución de la SUPERCOM dispone como medida administrativa la publicación de la rectificación que el señor José Bolívar Castillo Vivanco, Alcalde del cantón Loja, envíe al medio de comunicación social en el término de 48 horas, contadas a partir de la notificación de la presente resolución, y cuyo texto “deberá referirse únicamente a la información que conforme se ha establecido, contiene deficiencias”.

Diario La Hora deberá cumplir con lo dispuesto dentro del plazo de 72 horas, contados a partir de que el accionante remita el texto correspondiente.

De igual manera, la directora o director del medio de comunicación social deberá presentar por escrito una disculpa pública al afectado, con copia al Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom), a fin de que sea publicada en su página web y en el portal de la página web del diario, por un plazo no menor a siete días consecutivos.

La disposición de esta Superintendencia es de obligatorio cumplimiento, conforme lo establecen los artículos 55 y 58 de la LOC.

ANTECEDENTES

– El 21 de enero de 2015, diario “La Hora”, en la edición que emite en la provincia de Loja, publicó en su portada el titular “Control con toletes eléctricos”, mientras la noticia se desarrolla en la página B4 con el título “Municipales Lojanos usan toletes eléctricos”. En la misma se afirmaba que “a partir de diciembre los policías municipales lojanos utilizan toletes eléctricos” y se agrega que “una persona habría sido quemada por uno de estos toletes”.

– El 21 de enero de 2015, el Alcalde de Loja, Bolívar Castillo, a través del Procurador Síndico Municipal, solicitó al medio de comunicación mencionado el derecho a la rectificación del titular en la portada llamado “Control con toletes eléctricos” y cuyo desarrollo de la noticia se realiza en la página B4 con el título “Municipales Lojanos usan toletes eléctricos”.

– El 23 de enero de 2015, diario “La Hora”, ante el pedido realizado por el Alcalde de Loja, publicó en la sección B4 el titular “Réplica. Municipio de Loja aún no recibe toletes eléctricos”.

– El 23 de enero de 2015, el señor Bolívar Castillo presentó ante este Superintendencia una denuncia en contra de diario “La Hora”, por presunta infracción del artículo 23 de la LOC, debido a que el pedido de rectificación hecho el 21 de enero, no fue viabilizado en los términos establecidos en el mencionado artículo y en el Reglamento General a la Ley de Comunicación.

– El 04 de febrero, la Supercom calificó y admitió a trámite la denuncia, tras lo cual convocó a las partes a la Audiencia de Sustanciación para el 19 de febrero, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento para el Procesamiento de Infracciones Administrativas a la Ley Orgánica de Comunicación.

– En la fecha establecida, se confirmó la asistencia del doctor Álvaro Leandro Reyes Abarca, en representación del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Loja; y la del abogado Gerardo Aguirre Vallejo, en representación del medio de comunicación social accionado.

– En su intervención, el abogado Aguirre afirmó que la noticia que publicó diario “La Hora” no contó con deficiencias en la verificación, contrastación y precisión de la información, presupuestos fundamentales para proceder con lo que señala el artículo 23 de la LOC. Por este motivo, “obviamente que no habría lugar a un derecho a la rectificación”, recalcó.

– Afirmó también que el diario no podía publicar la rectificación solicitada porque el Municipio de Loja adjuntó “un documento que no tiene ni siquiera el membrete del Municipio” y que de acuerdo con la ley se “prohíbe hacer publicaciones de anónimos, por consiguiente, cómo puede Diario la Hora publicar un documento del cual se desconoce quién es el autor o responsable de esta petición”. Finalmente señaló que el pedido se lo debió haber hecho en función de los hechos específicos que se relatan en la noticia, pero lo que se requirió realmente fue publicar un texto en el que consta una serie de expresiones en contra de funcionarios, entidades del Estado y periodistas, viéndose el medio de comunicación “…imposibilitado de publicar, pues contravienen la Ley de Comunicación y la deontología periodística”.

– Por su parte, el doctor Reyes manifestó que se publicó en primera plana y en una página entera, información “que se dice que hubo verificación y jamás la hubo”. Los toletes a los que se hace alusión en la noticia, ni siquiera han llegado, “no hay ingreso a bodega (del Municipio de Loja), ni hay recepción de los toletes eléctricos que, además, en la certificación del 18 de febrero de 2015 del administrador del contrato, nos refiere exactamente lo mismo”. Añadió que la polémica no es por adquirir toletes eléctricos, sino es por “haber afirmado que se usan desde diciembre, y que hay gente quemada”, lo que ha generado un “ambiente de zozobra en la ciudad por el uso de toletes eléctricos a partir de la noticia”.

– Agregó que el diario incumplió con lo que expresa el artículo 23 de la LOC, debido a que el primer pedido de rectificación no fue publicado “con las mismas características, dimensiones y en el mismo espacio”, además, de que colocaron en el titular la palabra réplica, “y se quiere hacer alusión a la réplica, (cuando) el Municipio de Loja no se ha visto afectado, ni en su dignidad, ni en su honra, no son elementos que han sido denunciados, por lo tanto la denuncia del Municipio de Loja, no es del derecho a la réplica, sino del derecho a la rectificación”.

Luego del análisis de los elementos jurídicos y técnicos; y, las pruebas presentadas por las partes, la SUPERCOM determinó que en la nota periodística de 21 de enero de 2015, diario “La Hora” no cumplió con los principios de verificación, contrastación y precisión, puesto que no constató si los hechos narrados efectivamente sucedieron, tampoco se recogió, ni publicó las versiones de las personas involucradas en dichos hechos. Además, no viabilizó adecuadamente lo que pide el Art. 23 de la LOC, debido a que al publicar la rectificación, lo hizo con el título “réplica” y lo que corresponde es “rectificación” o “aclaración”.

Adicionalmente, estableció que la solicitud de rectificación debe ser requerida única y exclusivamente respecto a la información que contenga deficiencias y, en ningún caso, el medio de comunicación está en la obligación de publicar asuntos que no estén relacionados con los hechos materia de la rectificación que se solicite. (Fuente Supercom).

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