Reformas al COOTAD, en la agenda de la Comisión de Gobiernos Autónomos

Quito.- La Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización del Territorio se reunirá mañana, a las 15h00, con el propósito de revisar el informe para segundo debate del proyecto de reformas al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, según la convocatoria efectuada por su presidente, Richard Calderón

En el proyecto se anota que el COOTAD establece un conjunto de normas comunes para la gestión administrativa, el funcionamiento y la estructura organizacional de todos los niveles de gobiernos autónomos descentralizados, favoreciendo la simplificación, homologación e integración administrativa, la complementación y la complementariedad entre los diversos niveles de gobierno, pero que la aplicación de este cuerpo legal ha permitido determinar aspectos que deben ser esclarecidos o desarrollados en beneficio de la población.

Por ello, se considera necesario incorporar como requisitos para la creación de nuevas parroquias los informes técnicos favorables por parte de los organismos encargados de límites de la República y del INEC sobre el requisito poblacional y la excepción poblacional para la creación de cantones que aplica exclusivamente para la franja fronteriza y en provincias amazónicas y que la creación de nuevas circunscripciones no afecten los requisitos de aquellas de las cuales se escinde.

En el proyecto se incorpora la obligación que tienen los gobiernos autónomos provinciales de articular su gestión con la del gobierno nacional y con los gobiernos autónomos descentralizados y actores sociales de su circunscripción territorial, a fin de alcanzar los objetivos del buen vivir, en el marco de sus competencias y de la planificación territorial correspondiente.

Otro de los artículos que mayor atención y análisis mereció fue el que se refiere al porcentaje de áreas verdes para el caso de toda división de suelo, sea para urbanización o fraccionamiento, donde a criterio técnico de la municipalidad, se entregará mínimo el 10% y máximo el 20% calculado del área útil del terreno, exceptuándose los casos en que la superficie del terreno a dividirse no supere los 1000 metros cuadrados, los que deberán someterse al régimen de propiedad horizontal.