Ordenanza regula al Consejo Cantonal de Salud

Loja.- La Ordenanza que regula la estructura y funcionamiento del Consejo Cantonal de Salud  de Loja, CCSL, fue aprobada el 29 de junio de 2012.  Incluye 10 artículos, dos disposiciones generales y tres  transitorias.

En el cuerpo legal establece las funciones del Consejo, las cuales se resumen en la elaboración, aprobación y evaluación de la Política Pública cantonal en materia de salud; formular y evaluar el Plan Estratégico Cantonal de Salud, cumplimiento del plan, promoción de salud y gestión de proyectos encaminados a cumplir con los planteamientos.

El pleno del Consejo de Salud estará integrado por 15  delegados, el Alcalde del cantón asumirá la presidencia, la secretaría técnica será arrogada por el Jefe del Área de Salud, nombrado por el Director/a Provincial de Salud; se sumarán a ellos los representantes de la dirección provincial del IESS, del Seguro Social Campesino, de los ministerios de Inclusión Económica y Social, MIES y de Educación, Cruz Roja, clínicas privadas, SOLCA, facultades de medicina de la UNL y UTPL, colegio de médicos, CONSEP, gobiernos parroquiales, Asociación de Farmacéuticos y colegios de Enfermeras, Químicos y Odontólogos.

En las disposiciones generales se destaca que el Plan Estratégico cantonal será bienal y se contará con la participación de todos los actores de salud y otros sectores relacionados. El presupuesto y financiamiento estará sujeto a los compromisos asumidos voluntariamente por los integrantes del CCSL; además, deberán gestionar recursos ante el Estado en el marco de la desconcentración y descentralización.

Las representaciones de los organismos integrantes del CCSL tendrán una duración de un año y podrá ser renovada por una sola vez por igual periodo. Luego de haberse constituido el pleno, en un plazo de 30 días se deberá aprobar el Reglamento Interno de funcionamiento.

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