Listo informe no vinculante sobre la objeción a los fondos complementarios

Quito.- La Comisión de los Derechos de los Trabajadores aprobó el informe no vinculante sobre la objeción parcial al proyecto de reformas a la Ley de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, para la Administración de los Fondos Complementarios Previsionales Cerrados, por el cual recomienda al Pleno el allanamiento.

En el análisis jurídico de la objeción, la Comisión concluye que las mismas consisten en cambios de forma, lo que permite un mejor entendimiento del objeto que persigue el articulado del proyecto.

En referencia a la primera objeción, para que se incluya entre las atribuciones del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, presentar al Consejo Directivo del IESS proyectos de reformas a su ley; se argumenta que, no es necesario sustituir el numeral 20 del artículo 12 de la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, aunque sí es pertinente sustituir el numeral 21 e incluir un numeral 22.

También recomienda que en el artículo 2 numeral 6 del proyecto se establezca como atribución directorio del BIESS efectuar los ajustes necesarios a los estudios actuariales, para el cumplimiento de las prestaciones complementarias de jubilación u otros, que se hayan acordado en cada uno de los fondos y las demás que sean inherentes a sus funciones.

Mientras que en lo referente al cambio de denominación de coadministrador por el de interventor, aunque la intención inicial del proyecto aprobado era que la definición y las funciones de coadministrador las realice la Junta de Regulación Monetaria y Financiera, se considera favorables los argumentos presentados por el Jefe de Estado, porque busca evitar una interpretación equivocada de dicha figura y para una mejor comprensión, debido al uso común de los términos jurídicos, ya que el cambio a interventor permite una mejor comprensión del objeto de la forma.

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