El nuevo Código Integral Penal cambiará la historia jurídica del Ecuador: Mauro Andino

Quito.- Con esta reforma penal se logra un equilibrio entre las necesidades de seguridad de la ciudadanía, la garantía de los procesados y los derechos de las víctimas, manifestó el presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, Mauro Andino, al destacar que el proyecto de Código Integral Penal (COIP) se da guerra a la corrupción, a la injusticia, a las desigualdades, a la pobreza y a la impunidad.

Hoy esta gran reforma penal cambia la historia jurídica en el país, subrayó al indicar que el trabajo de la Comisión se orientó hacia la determinación normativa de una parte relevante del plan nacional del buen vivir, el objetivo de seguridad, que busca garantizar la vigencia de los derechos y la justicia.

La Comisión de Justicia nunca cerró sus puertas a las contribuciones para mejorar el proyecto. Sin importar su origen, todas las propuestas se socializaron nos resistimos a recoger lo razonable, enfatizó al resaltar que el texto aprobado contiene los cambios que se incorporaron al Libro Preliminar, I y II que fue distribuido el 13 de octubre de este año. Los cambios al Libro III y disposiciones generales, transitorias, reformatorias y final se hicieron al texto de 4 de noviembre, añadió.

Libro Primero

Asimismo, continuó, se elaboró una tabla de multas para cada uno de los delitos en proporción a la pena privativa de libertad; se reestructuró la prescripción de la pena, en respuesta a las necesidades de cumplimiento, ampliando el plazo.

En las infracciones en particular se armonizó el tipo penal de genocidio, con el Estatuto de Roma, para evitar imprecisiones o ambigüedades, explicó.

El matrimonio o unión de hecho, dentro de las diversas formas de explotación, fue modificado para atender a la realidad de nuestro país. El homicidio culposo por mala práctica profesional se reestructuró en base a las demandas del sector salud y el trabajo consensuado por el Ejecutivo y el Legislativo, sin dejar de lado los derechos de las víctimas, agregó.

Se revisó integralmente el parágrafo sobre delitos de violencia contra la mujer y la familia; se cambió la denominación por delitos contra la mujer o miembros del núcleo familiar; se incorporaron reglas que protegen a las víctimas de violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar dentro del procedimiento expedito de contravenciones. La peor de las manifestaciones de la violencia de género está dentro del núcleo familiar siendo las mujeres sus principales víctimas. Tres tipos penales y una contravención de violencia contra las mujeres o miembros del núcleo familiar han sido incluidos en COIP, recalcó.

Dio a conocer que el texto de delito de violación de la intimidad se cerró para que no dé lugar a lo que se empezó a denominar como el delito de “chisme”; se revisó todo el capítulo de sustancias estupefacientes y sicotrópicas, en atención a la propuesta elaborada por el CONSEP que recoge las tendencias regionales de cambio de estrategia en el combate del narcotráfico y la regularización del consumo autorizado.

Igualmente, expresó que se analizó el capítulo sobre delitos contra el ambiente, naturaleza y pachamama, tomando en cuenta la normativa nacional, regional e internacional; se incorporó la protección del acceso a los conocimientos colectivos y maltrato a mascotas y animales de compañía; se revisó el capítulo de delitos de tránsito, para armonizarlos con la parte general y atender el pedido de transportistas y víctimas en equilibrio; se revisó los delitos de terrorismo, rebelión y sabotaje para eliminar cualquier forma de represión del ejercicio de los derechos.

Explicó que se eliminó el artículo de conservación de datos y registros, en el cual se establecía la obligación de los proveedores y distribuidores de servicios informáticos y telecomunicaciones de conservar los datos de los abonados o usuarios.

En el título de mecanismos alternativos de solución de conflictos se conservó la conciliación y eliminó la mediación, puntualizó.

Libro III

Informó que en el libro III, de Ejecución de Penas, no se realizó ninguna modificación de fondo, solo algunas correcciones de estilo, mientras que en las disposiciones transitorias se determinó la transición para todos los procedimientos en materia penal de ejecución de penas y de adolescentes infractores.

Mauro Andino señaló que en la normativa se complementó un plazo de 180 días para la acreditación de peritos especializados en las ramas de la salud; se determinó la facultad de los presidentes de las cortes provinciales para integrar la sala a la que pertenecen y se determinó claramente la competencia de las juezas y jueces de garantías penitenciarias.

A fin de solucionar las audiencias fallidas, se prohíbe a los abogados patrocinadores el ausentarse de las audiencias o diligencias; se determinó que la Agencia Nacional de Tránsito en un plazo de 90 días asegure el 100% de cobertura del transporte público y comercial en todo el territorio ecuatoriano, en especial para el sector rural.

En la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia se amplió el ámbito de aplicación y de protección de dicha norma, en armonía con lo determinado en el COIP.

En el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia se determinó el plazo máximo de 90 días para la duración del internamiento preventivo, eliminando el plazo de 150 días para delitos considerados graves y se eliminó la reincidencia en adolescentes infractores, así como la acumulación de medidas socieducativas.

Al expresar que en la normativa se redefinió el concepto de los distintos regímenes de internamiento: cerrado, semiabierto y abierto, dijo que se determinaron las obligaciones de los adolescentes infractores dentro de un centro de internamiento.

Finalmente, informó que en la disposición final se estableció una vacatio lesgis de 180 días, para que empiece a regir el COIP.

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