Carlos Ochoa Hernández designado Superintendente de Información y Comunicación de Ecuador

Quito.- El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, (CPCCS), con cinco votos a favor y dos en contra, designó al Lic. Carlos Ochoa Hernández como el primer Superintendente de la Información y Comunicación, luego de un proceso que con escrutinio público, impugnación ciudadana y la participación de 114 veedores.

Con base en lo dispuesto en la Constitución, en la Ley Orgánica de Comunicación y en el Reglamento para la designación de la Primera Autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las Superintendencias, por ternas propuestas por el Ejecutivo, los integrantes del Consejo resolvieron, en la sesión de este martes 8 de octubre, designar al Superintendente, con cinco votos a favor de Fernando Cedeño Rivadeneira, Mónica Banegas Cedillo, Marcela Miranda Pérez, Hugo Arias Palacios y Luis Pachala Poma; y dos en contra de la terna, de David Rosero Minda y Andrea Rivera Villavicencio.

De acuerdo con el Reglamento para esta designación, una vez que el Pleno del CPCCS tomó la resolución, debe notificar a la Asamblea Nacional para el acto de posesión. Dicha notificación se realizará en máximo 24 horas informó el presidente del CPCCS, Fernando Cedeño.

El Superintendente de la Información y Comunicación, es Licenciado en Ciencias de la Información, periodista con 28 años de experiencia en prensa, radio y televisión. Ha trabajado como corresponsal, reportero, jefe de Información y productor en medios como Teleamazonas, TC Televisión, Ecuavisa, RTV y Gama TV. Su hoja de vida completa la puede ver en el sitio web institucional: www.cpccs.gob.ec.

El delegado de la veeduría integrada para vigilar esta designación, Ing. Gustavo Sosa, destacó que “se cumplieron todas las fases del proceso, de acuerdo con el cronograma respectivo y según los requisitos legales”. Además, dijo, “a nuestro parecer, como veeduría, todo ha sido desarrollado de manera transparente”.

La Superintendencia de la Información y Comunicación se convierte en la novena entidad de la Función de Transparencia y Control Social, y, de acuerdo con la Ley de Comunicación, es el organismo técnico de vigilancia, auditoría, intervención y control, con capacidad sancionatoria, de administración desconcentrada, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, presupuestaria y organizativa, que cuenta con amplias atribuciones para hacer cumplir la normativa de regulación de la Información y Comunicación.

La Superintendencia tendrá en su estructura intendencias, unidades, divisiones técnicas y órganos asesores que se establezcan en la normativa que para el efecto emita.Las resoluciones que emita la Superintendencia en el ámbito de su competencia serán de obligatorio cumplimiento.

Entre las atribuciones de la Superintendencia de la Información y Comunicación están fiscalizar, supervisar y ordenar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre los derechos de la comunicación; atender, investigar y resolver las denuncias o reclamos formulados por las personas naturales o jurídicas, a través de sus representantes, en materia de derechos de la comunicación; requerir a los ciudadanos, instituciones y actores relacionados a la comunicación, información sobre sí mismos que fuere necesaria para el cumplimiento de sus atribuciones; y, aplicar las sanciones establecidas en el marco de la Ley.

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